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A través del Decreto 1126/2026, publicado este 30 de septiembre en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional aplazó nuevamente el ajuste impositivo que debía comenzar a regir el 1° de octubre. La norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo, congela durante todo octubre los montos del Impuesto a los Combustibles Líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono que estaban vigentes desde agosto.

La resolución difiere de manera total las actualizaciones pendientes acumuladas de 2024, 2025 y de los dos primeros trimestres de 2026. Según los fundamentos del decreto, la decisión busca sostener un esquema fiscal que evite presionar sobre el Índice de Precios al Consumidor que mide el INDEC y estimule la actividad económica.

A pesar de la tregua impositiva dispuesta por Nación, las estaciones de servicio de la capital santacruceña aplicaron modificaciones en los valores al público. El reajuste responde a la dinámica propia de las petroleras tras la suba del barril de crudo Brent, que se ubicó por encima de los 100 dólares a nivel internacional debido al conflicto en Medio Oriente.

En Río Gallegos, las pizarras de la petrolera estatal amanecieron con una nueva escala de precios. La nafta Súper trepó a $1.975 por litro, mientras que la variedad Infinia alcanzó los $2.325. En el segmento del gasoil, el Diésel 500 se comercializa a $2.375 y la versión Infinia Diésel se posicionó en $2.539.

Con estos valores, completar la carga de un vehículo con un tanque estándar de 50 litros representa un desembolso de $98.750 si se utiliza Súper y de $116.250 en el caso del combustible de mayor octanaje.

El marco regulatorio vigente establece que los tributos sobre la nafta y el gasoil deben actualizarse de forma trimestral con base en la inflación acumulada. No obstante, desde 2025 la gestión nacional mantiene la política de postergar de forma consecutiva la aplicación completa de estos coeficientes para amortiguar el traslado directo a los precios en los surtidores.

La aplicación de los incrementos tributarios acumulados queda diferida para el 1° de noviembre, momento en que la administración nacional evaluará si aplica la actualización o dispone una nueva prórroga.

Autor: admin