La Justicia Federal dictó una cautelar que frena la transferencia de tierras en Península Magallanes
El Juzgado Federal de Río Gallegos ordenó congelar la registración de inmuebles en el Área Natural Protegida tras un amparo opositor. La causa pasará a la Corte Suprema de Justicia.
El Juzgado Federal de Río Gallegos hizo lugar a una medida cautelar que ordena al Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia abstenerse de inscribir transferencias de dominio, cesiones de boletos de compraventa o la constitución de derechos reales sobre dos parcelas ubicadas en la Península de Magallanes. La decisión judicial interrumpe el proceso de venta de tierras a capitales extranjeros dentro del Área Natural Protegida, dispuesto a través del Decreto provincial 915/2026 emitido por el gobernador Claudio Vidal.
La resolución fue firmada por el juez Claudio Marcelo Vázquez a partir de una acción de amparo presentada por los diputados provinciales Agostina Mora Doldán y Carlos Alegría, acompañados por otros integrantes del bloque opositor y por el Centro de Estudios Estratégicos en Justicia y Sociedad (CEJUS). La presentación judicial cuestiona la validez de la operación al señalar que la venta de las tierras se amparó en la derogación de la Ley de Tierras mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del Poder Ejecutivo Nacional.
En su pronunciamiento, la magistratura federal fundamentó la urgencia del resguardo registral al advertir que la operación inmobiliaria presentaba un grado de avance concreto: el Poder Ejecutivo provincial ya había otorgado la excepción correspondiente, la sociedad adquirente de los terrenos se encontraba constituida y los inmuebles ya estaban formalmente identificados.
La orden de no innovar recae de manera específica sobre las parcelas identificadas como G2 y G3, ambas emplazadas en el Departamento Lago Argentino, en el corazón del Área Natural Protegida Península de Magallanes. La medida busca preservar el estado registral de las propiedades para evitar modificaciones de titularidad mientras se sustancia el fondo del reclamo constitucional.
El fallo judicial dispone además la citación al proceso del Gobierno de la Provincia de Santa Cruz y de las empresas privadas involucradas en la transacción. Sin embargo, al estar cuestionada la actuación simultánea del Estado provincial y del Estado Nacional, el juez Vázquez declaró la incompetencia de la sede federal de Río Gallegos para resolver la cuestión de fondo y dispuso girar las actuaciones de manera directa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El bloqueo registral dispuesto por la primera instancia se mantendrá plenamente vigente en la provincia hasta tanto el máximo tribunal del país se pronuncie sobre su competencia en el expediente y resuelva, en definitiva, sobre la validez de la medida cautelar solicitada por los amparistas.
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